EUTANASIA

¡Histórico! Congreso español autoriza ley de eutanasia, es el sexto país en aplicarla

Una vez que el Senado apruebe definitivamente esta ley, la intervención voluntaria para provocar la muerte será legal en España

MUNDO

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Aún falta la aprobación del Senado español para que la eutanasia sea legal en este país. FOTO: ESPECIALCréditos: FOTO: ESPECIAL

Luego de una votación histórica en el pleno extraordinario del Congreso de los Diputados de España, los legisladores europeos aprobaron, con una amplia mayoría, la primera ley para regulará el ejercicio del derecho a la eutanasia en este país.

Con esta modificación a la legislación española, se regulará el derecho de los pacientes que sufren de enfermedades graves e incurables o invalidantes, poder solicitar la ayuda para morir dignamente.

La propuesta que fue impulsada por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) logró obtener un amplio respaldo, al conseguir 198 votos a favor, 138 en contra y dos abstenciones, sin embargo, aún ha quedado pendiente su aprobación por el Senado español.

España se convierte en el sexto país en permitir la eutanasia

De aprobarse esta modificación de ley, España se convertirá en el sexto país del mundo en permitir la muerte asistida y contar con una normativa favorable para este derecho. Otros países que permiten la eutanasia son: Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá y Colombia.

Cabe señalar que desde 1994, cuando fue presentada la propuesta parlamentaria en España sobre este tema, la controversia siempre la ha acompañado, debido a las diversas implicaciones éticas y el rechazo por parte de los grupos más conservadores. 

¿Cómo funcionará?

Según lo estipulado en el texto sometido a votación este día por los diputados españoles, todas las personas mayores de edad que tengan la nacionalidad española podrán ejercer este derecho, siempre y cuando sean plenamente capaces y conscientes de su solicitud.

El paciente debe tener a su disposición y por escrito toda la información médica sobre su proceso y conocer todas las alternativas a este, incluida la de acceder a cuidados paliativos. En ninguna circunstancia podrá requerir la eutanasia un menor, ni sus padres podrán solicitarla para este. 

Serán las administraciones regionales del país las que deberán garantizar al paciente dicha prestación, siempre y cuando cumpla  los requisitos para solicitarla.