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¿Qué es la 8 de 8, la regla por la que el INE podría anular candidaturas federales?

Verificarán que candidatos no cuente con sentencias firmes

¿Qué es la 8 de 8, la regla por la que el INE podría anular candidaturas federales?
Foto: Cuartoscuro

El Instituto Nacional Electoral recordó que desde este fin de semana y hasta el martes solicitará a todas las autoridades del país, tanto locales como federales, constatar que las personas postuladas como candidatas en el Proceso Electoral Federal no tengan sentencia firme en cualquiera de los supuestos de la 8 de 8 contra la violencia.

La 8 de 8 establece la pérdida del registro de las candidaturas que se ubiquen en cualquiera de los supuestos, que suponen la comisión de:

  • Delitos contra la vida y la integridad corporal 
  • Delitos contra la libertad y seguridad sexuales
  • Delitos contra el normal desarrollo psicosexual
  • Violencia familiar
  • Violencia doméstica
  • Violencia a la intimidad sexual
  • Violencia política
  • O sean deudores alimentarios

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Todos debieron haber firmado no estar en los supuestos

A partir de que el pasado 29 de febrero el Consejo General aprobó el registro de las candidaturas procedentes a diputaciones federales, senadurías y Presidencia de la República, postuladas tanto por partidos políticos como de forma independiente para el proceso electoral.

Todas las candidaturas debieron llenar un formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad, en el que afirman no encontrarse en algunos de los supuestos mencionados.

Asimismo, la ciudadanía podrá hacer llegar información al INE, mediante  formularios que puede encontrar en la página institucional o acudir a partir de hoy y hasta el 2 de abril a cualquiera de los consejos locales o distritales de todo el país.

¿Qué ocurre en caso de que alguien incumpla?

Foto: Especial

Por otro lado, se elaborarán y notificarán los requerimientos de información a diversas instancias de procuración de justicia, a fin de solicitar sentencias firmes de las personas candidatas, relacionadas con los supuestos establecidos en el artículo 38 de la Constitución.

Una vez que tenga las respuestas y cerrada la fase de obtención de información, se llevará a cabo el análisis y verificación a través de distintas unidades del Instituto.

En los casos en que se advierta el posible incumplimiento de requisitos de elegibilidad de una candidatura y se cuente con evidencia, la Secretaría Ejecutiva dará vista entre el 2 y 8 de mayo a las candidaturas y al partido involucrado, para que en un plazo de tres días naturales manifiesten lo que a su derecho convenga.

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