ELECCIONES MÉXICO 2021

En cuerda floja, consejeros electorales de Quintana Roo

Los magistrados ordenaron la restitución de dos candidaturas a diputados federales en Sinaloa y otra a la presidencia municipal de Kanasín, en Yucatán

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Créditos: Foto: Especial

Los consejeros del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) podrían ser destituidos de sus funciones por exceder sus poderes tras retirar dos candidaturas en los municipios de Othón P. Blanco y Benito Juárez, pues son órganos administrativos y no jurisdiccionales.

Este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia de la Federación aprobaron por unanimidad que ni el Instituto Nacional Electoral ni los órganos electorales locales, tienen las atribuciones legales para retirar candidaturas.

Los magistrados resaltaron que el INE requería que una autoridad jurisdiccional hubiera declarado previamente no sólo la existencia, sino la comisión de violencia política de género.

Por ello, los magistrados ordenaron la restitución de dos candidaturas a diputados federales en Sinaloa y otra a la presidencia municipal de Kanasín, en Yucatán.

En las últimas semanas, el IEQROO le retiró la candidatura a a Luis Gamero por violencia política así como a Isaac Janix Alanis, candidato del Partido Fuerza por México a la presidencia municipal de Benito Juárez.

Existe el antecedente de que los consejeros del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas incumplieron con el principio de paridad de género en el registro de candidaturas durante el proceso electoral 2014-2015.

Mientras que en 2016, las autoridades aprobaron la destitución de tres consejeros electorales de Chiapas y solicitó la remoción de los cuatro restantes por incumplir con el principio de paridad de género en el registro de candidaturas durante el proceso electoral 2014-2015.

Los magistrados consideraron “que todos los consejeros electorales denunciados son responsables (…) porque aprobaron las listas de candidaturas presentadas por los partidos políticos, aun cuando las solicitudes de registro incumplían con el referido principio (de paridad de género) en su doble vertiente, vertical y horizontal”.

Redacción

mgm