ELECCIONES MÉXICO 2021

¿Puede un ciudadano sin partido y sin estar en la boleta ganar un puesto popular?

En Oaxaca los ciudadanos de San Pedro y San Pablo Teposcolula eligieron a un perfil nuevo en la presidencia municipal

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Continúan los conteos distritales en Oaxaca.Foto: Especial

Si se tenía la duda respecto a si un ciudadano sin partido y sin estar en la boleta podría llevarse un cargo de elección popular, los ciudadanos de San Pedro y San Pablo Teposcolula despejaron la duda y dieron el ejemplo al votar en su mayoría por el señor Adalberto Reyes Ávila como presidente municipal, situación que a los partidos políticos no les cayó nada bien.

La historia se registró el pasado 6 de junio cuando se llevó a cabo la elección más grande de la que se tenga registro en México, durante el proceso electoral contendieron varias agrupaciones políticas que recibieron recursos por parte del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), sin embargo, luego del cierre de casillas, los resultados no fueron los que esperaban.

Y es que Adalberto Reyes ni siquiera estaba incluido dentro del Programa de Resultados Preliminares Electorales (PREP) porque no fue postulado por ningún partido o coalición ni tampoco se registró como candidato independiente y con todo y eso recibió más de 770 votos, con los que obtuvo la presidencia municipal de San Pedro y San Pablo Teposcolula con más del 38 por ciento de los votos.

Dicha situación no cayó nada bien entre los partidos que informaron que impugnarán la decisión ante el IEEPCO por supuestas irregularidades en el proceso.

En pausa la constancia de mayoría

El consejero presidente del IEEPCO, Gustavo Meixueiro Nájera, indicó que “como es de conocimiento de todos, el mayor número de votos fue para candidaturas no registradas y enseguida el mayor número de votos fue para Morena”.

Indicó que no era posible contar con la certeza de la persona que fue más votada porque no fue registrada por el consejero general y tampoco se tiene conocimiento de la planilla que lo acompañaría.

Y es que los paquetes no fueron abiertos para el cómputo y el consejo municipal determinó cerrar el acta y remitir la paquetería al consejo general con ese resultado.

Finalizó diciendo que el Consejo General del IEEPCO no tiene facultad ni de atraer un cómputo porque este ya se realizó y tampoco de entregar una constancia de mayoría.

“Aquí lo que procedería que una persona que dice que fue la más votada que está solicitando que se le entregué la constancia de mayoría, tendrá que acudir a los tribunales por sentirse afectado en sus derechos políticos electorales”.

BAR