SAT

SAT: ¿Quiénes son los pensionados y jubilados que SÍ tendrán que pagar ISR?

El SAT puntualizó que la exención se aplica en la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones

ECONOMÍA

·
El pago de ISR en pensiones quedó estipulado en el artículo 93 del Código Fiscal de la Federación (Foto: Especial)Créditos: Cuartoscuro

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no cobrará el Impuesto sobre la Renta (ISR) a las personas que reciban una jubilación, pensión, haberes de retiro así como pensiones vitalicias o cualquier forma de retiro prevista en la Ley de Seguro Social hasta por 43 mil 299 pesos al mes o mil 443 pesos por día para el periodo 2022.

Cabe señalar que también forman parte de dicho esquema otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzad y vejez, y en el caso del ISSSTE aplicará para los provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro previsto en la Ley ISSSTE.

 En un comunicado de prensa, el SAT puntualizó que la exención se aplica sobre la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones.

(Foto: Twitter@SATMX)

Esto implica que los pensionados que reciban una cantidad superior a la antes mencionada, el ISR se paga por el monto que se excede. Es decir, si una persona recibe 50 mil pesos al mes, están exentos del impuesto 43 mil 299 pesos mensuales, lo único que debe pagar impuesto es el monto restante, 6 mil 701 pesos

La dependencia también indicó que aquellos individuos que perciben por jubilación o pensiones en una sola exhibición estarán exentos de ISR hasta por un monto de 3 millones 159 mil 97 pesos, “si hay excedente se deberá pagar el impuesto respectivo”, lo cual aplica para este 2022.

“Los contribuyentes pueden aplicar las deducciones personales conducentes (gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, entre otros), lo que reduce el puesto a cargo”.

Lo antes mencionado quedó estipulado en el artículo 93 del Código Fiscal de la Federación (CFF), en el cual se indican las obligaciones fiscales de los pensionados y jubilados. 

SIGUE LEYENDO: 

Afore: ¿Cómo saber en cuál estoy y mi estado de cuenta para hacer un retiro?

Pensión IMSS e ISSSTE: ¿Cómo solicitarla antes de los 60 años?

Pensión IMSS: ¿Puedo heredarla si está bajo la Modalidad 40?