COFECE

Define Poder Judicial autoridades para servicios en línea

Con esa resolución se da certeza jurídica a la Cofece, al IFT y los agentes económicos de esos servicios

ECONOMÍA

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El actual desarrollo y uso de múltiples tecnologías ha permitido la digitalización de los mercados.Créditos: Especial

El Poder Judicial de la Federación determinó que las autoridades competente en materia de competencia que las empresas de servicios de búsqueda en línea redes sociales y servicios de cómputo en la nube deben conocer es a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Además, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) por su parte, es competente para conocer para el mercado de sistemas operativos móviles.

Con esta determinación del Poder Judicial se otorga mayor certeza jurídica a la Cofece, al Instituto y a los agentes económicos que participan en actividades económicas relacionadas con el entorno digital.

Conforme al artículo 28 constitucional, la Comisión es la autoridad de competencia económica que tiene a su cargo conocer de todos los mercados, con excepción de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, los cuales son competencia exclusiva del IFT. 

Se han presentado casos aislados donde existen dudas respecto de qué autoridad debe conocer sobre un asunto en particular, en mercados en los que no es clara la pertenencia de los sectores a cargo del Instituto o si son competencia de la Cofece, apunta en comunicado.

El actual desarrollo y uso de múltiples tecnologías ha permitido la digitalización de los mercados, esto es, comercios y agentes económicos que operan mediante el uso de plataformas digitales, en los cuales el Internet es un insumo para su funcionamiento. 

En este sentido, en enero de este año, se solicitó al PJF determinar quién de estas dos autoridades era competente para conocer de los mercados que forman parte de una investigación iniciada por el IFT, en octubre de 2020.

Esta averiguación se fundamentó por posibles barreras a la competencia e insumos esenciales en los mercados de búsqueda en línea, redes sociales, sistemas operativos móviles y servicios de cómputo en la nube.

De este modo, la decisión judicial determinó en la competencia de estas dos instituciones autónomas.

Por: Everardo Martínez
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