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Estas son las fechas LÍMITE para habilitar tu buzón tributario

El Buzón Tributario funciona como un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el SAT. Es una manera para recibir información acerca de tus obligaciones fiscales

ECONOMÍA

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Según el sexto dígito de tu RFC, podrías tener hasta el 28 de febrero o 31 de marzo para activar tu buzón tributario. Foto: EspecialCréditos: Foto: Especial

El pasado 30 de noviembre, el SAT informó que podría activarse el Buzón Tributario. Si tributas en el Régimen de Incorporación Fiscal, enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet mediante plataformas tecnológicas y aplicaciones informáticas y similares, cuentas con fecha límite para habilitar el Buzón Tributario de acuerdo con los sextos dígitos numéricos de la clave del RFC

Para el sexto dígito numérico de la clave del RFC que terminen en 1, 2, 3 y 4 tienen como fecha límite el 31 de enero de 2021. Por el contrario, para los dígitos terminados en 5, 6, 7 y 8  su fecha límite es el 28 de febrero de 2021.  Para los números 9 y 0  tendrán como fecha límite el 31 de marzo de 2021. 

Asimismo, si eres contribuyente cuya situación fiscal sea:

  • Persona física sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidos; en este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.
  • Persona moral cuya situación fiscal ante el RFC sea suspendido, tendrá la opción de habilitar el Buzón Tributario si lo desea.
  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, no están obligados a habilitar su Buzón Tributario.

Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable cuando se trate de los trámites o procedimientos, en los que se requiera que la o el contribuyente cuenten con Buzón Tributario.

El Buzón Tributario funciona como un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el SAT. Es una manera para recibir información acerca de tus obligaciones fiscales.