A seis meses de que se publicara la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, la Secretaría de Hacienda, el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dieron a conocer el primer paquete de normas secundarias a las que se deberán someter las llamadas Fintech.
Mediante una serie de documentos publicados en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Hacienda señaló que era necesario emitir el marco normativo para prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, con el fin de evitar riesgos en el sector.
Entre las nuevas obligaciones están elaborar un mapa de riesgos derivado de sus operaciones; crear un comité de comunicación y control y nombrar un oficial de cumplimiento para efectos de riesgos, así como entregar un reporte trimestral sobre operaciones relevantes, inusuales y preocupantes de sus clientes.
Además de la elaboración de un manual de cumplimiento con sus clientes, el cual se debe remitir a Hacienda, así como entregar un reporte mensual de transferencias internacionales que realicen sus usuarios.
Por otro lado, las empresas Fintech también deberán remitir a la Secretaría de Hacienda, dentro de los 10 primeros días hábiles de enero, abril, julio y octubre, un reporte cuando el cliente realice la compra de activos virtuales con moneda nacional o cualquier divisa.
MONTOS MÍNIMOS
El capital mínimo que deberán tener las plataformas Fintech que busquen ser autorizadas y supervisadas por el sistema financiero será de entre 500 mil y 700 mil Unidades de Inversión, es decir, entre 3 y 4.26 millones de pesos, según la plataforma y las operaciones a realizar.
por Fernando Franco
Definen las reglas para Ley Fintech
regulan pagos electrónicos, financiamiento, activos virtuales, además de asesorías