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TEPJF ordena a FGR abrir al INE expedientes del caso Emilio Lozoya y Odebrecht

Esto para poder fiscalizar los recursos utilizados en la campaña de Enrique Peña Nieto en 2017

NACIONAL

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Fueron denunciados el PRI, PVEM, Emilio Ricardo Lozoya Austin, así como las personas morales Odebrecht y OHL.Créditos: Especial

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) abrir al Instituto Nacional Electoral (INE) los expedientes del caso Emilio Lozoya y Odebrecht para que puedan fiscalizar los recursos de la campaña de Enrique Peña Nieto pertenecientes al 2017. 

Los magistrados vincularon a la FGR para que proporcione al INE cuatro carpetas de investigación por tener relación con un procedimiento de fiscalización que el INE tiene en sustanciación. Sin embargo, el INE no podrá revelará, sólo podrá utilizar la información con fines de fiscalización de recursos de campaña. 

Y es que en 2017 los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Morena presentaron diversas denuncias ante el INE, en las que alegaron, esencialmente, una probable aportación de ente prohibido a favor de la campaña del entonces candidato a presidente de la República, Enrique Peña Nieto. 

Los sujetos denunciados fueron los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM), el ciudadano Emilio Ricardo Lozoya Austin, así como las personas morales Odebrecht y OHL. 

De acuerdo con lo resuelto por el TEPJF, la Unidad Técnica de Fiscalización del INE le solicitó en abril del 2021 a la FGR información y copias respecto de diversas carpetas de investigación relacionadas con el tema denunciado, pero la FGR le negó la información y documentación requerida, por el carácter reservado de esas carpetas, pues estimó que se encuentra obligada a salvaguardar el sigilo de las investigaciones. 

Hoy, en sesión ordinaria, a petición del magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, se votó a favor de declarar que el secreto ministerial no es oponible a la facultad de fiscalización del INE. 

La determinación anterior se basó, esencialmente, en que el ministerio público debe tener en cuenta que tanto la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales, así como el Código Nacional Procesal Penal, señalan que las autoridades federales, como lo es la FGR, deben colaborar con las autoridades electorales, en esta ocasión con el INE, en el ejercicio de sus facultades constitucionales, como lo es la de fiscalización. 

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