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SAT: Errores comunes al usar tarjetas de crédito que te causarán problemas fiscales

Mucha gente se acostumbra a usar estos servicios como si estos se tratara de una extensión de sus ingresos, lo que podría traer conflictos

ECONOMÍA

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Imagen ilustrativa de tarjeta de crédito. Foto: PixabayCréditos: Foto: Pixabay

Al adquirir una tarjeta de crédito debes saber que algunas prácticas en el uso de la misma te podrían ocasionar algunos problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pero no hay de qué preocuparse, pues a continuación te contamos cuáles son esos terribles tres errores que debes evitar hacer para no tener problemas con el SAT.

Según la mayoría de los expertos la gran mayoría de los usuarios de tarjetas de crédito no tiene ninguna precaución al usarlas, sin embargo esto tiene implicaciones legales.

Mucha gente se acostumbra a usar estos servicios como si estos se tratara de una extensión de sus ingresos, lo que podría traer conflictos. Estos son los errores más comunes.

Imagen ilustrativa. Foto: Pixabay

No prestes tu tarjeta

Si alguna vez consideraste prestar tu tarjeta a un amigo o familiar, debes saber que esta práctica conflicto podría representar que los gastos del titular de la tarjeta son mayores a sus ingresos, sin importar que sean de personas ajenas, pues esto se considera una discrepancia fiscal.

Evita pagar tu estado de cuenta con fondos en efectivo de otra tarjeta de crédito 

Es muy normal que las personas retiren dinero en efectivo de una cuenta de crédito o débito para pagar sus deudas. Esta práctica te puede meter en problemas con el SAT, pues la dependencia puede intuir que no se pagaron los impuestos correspondientes a ese efectivo.

Por tal motivo se recomienda pagar por medio de cheques o transferencias de esta forma, se puede demostrar el origen del dinero.

Cuida que tus pagos no sean más altos que tus ingresos

Sin importar si alguien más pague tus deudas o se paguen en conjunto, si el monto de tus gastos y tus pagos son mayor que el de tus ingresos, podrías tener conflictos con el SAT, pues tambien se considera una discrepancia fiscal.